Mitos y verdades del etiquetado
LOS MITOS DE LA INDUSTRIA DE LA COMIDA CHATARRA SOBRE EL NUEVO ETIQUETADO EN MÉXICO
Mito 1
No existen datos científicos o técnicos que justifiquen la implementación de la medida. El panorama epidemiológico no representa un antecedente suficiente para la emisión de esta normativa.
Realidad
- El sobrepeso y obesidad se han incrementado de forma alarmante en México, siendo uno de los países con las mayores prevalencias a nivel mundial. Esta condición afecta a todos los grupos de la población. Datos de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT) 2018, indican que 1 de cada 3 niñas, niños y adolescentes, así como 7 de cada 10 adultos tienen sobrepeso u obesidad.
- Adicionalmente, las enfermedades crónicas representan un grave problema de salud en nuestro país, pues 8.6 millones de personas padecen diabetes y 15.2 millones hipertensión, las cuales en conjunto con otras enfermedades cardiovasculares, son las principales causas de muerte en México.[1]
- Es así como la obesidad es responsable de más de 200 mil muertes al año en nuestro país, las cuales están asociadas a dichas enfermedades crónicas.[2]
Referencias
[1]Shamah-Levy T, Campos-Nonato I, Cuevas-Nasu L, Hernández-Barrera L, Morales-Ruán M, Rivera-Dommarco J,
ENSANUT, (2018) Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2018, Ciudad de México: Instituto Nacional de Salud Pública, INEGI
[2] Secretaría de Salud. Impacto Económico del Sobrepeso y la Obesidad en México 1999-2023. 2015
Mito 2
Los productos ultraprocesados solo representan el 30% de la ingesta dietética de los mexicanos, lo que no está vinculado al sobrepeso y obesidad. Estos productos son parte de una dieta balanceada. Además, no se han realizado estudios sobre la tendencia de consumo de productos ultraprocesados en México en los últimos años.
Realidad
- Las ENSANUT realizadas del año 2006 al 2018 mostraron un alto consumo de alimentos y bebidas con alto contenido de nutrientes críticos entre la población mexicana, así como un incremento en su consumo con el paso de los años.
- De acuerdo a un estudio realizado por la Organización Panamericana de la Salud, México es el mayor consumidor de productos ultraprocesados en América Latina y el cuarto a nivel mundial.
- A nivel poblacional, la evidencia señala que la dieta de las y los mexicanos se caracteriza por un alto consumo de productos ultraprocesados que aportan cantidades excesivas de calorías, azúcares añadidos, grasas saturadas y sodio, por lo cual no puede considerarse una dieta balanceada.
- De acuerdo a la ENSANUT 2018, las niñas y los niños de 5 a 11 años son quienes consumen más alimentos no recomendados: 85.7% toma bebidas no lácteas endulzadas, 64.65% ingiere botanas, dulces y postres, y 52.9% consume cereales dulces.
Referencias
- Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2006, 2012, 2018.
- Organización Panamericana de la Salud. Alimentos y bebidas ultraprocesados en América Latina: tendencias, efecto sobre la obesidad e implicaciones para las políticas públicas. 2015.
- Rivera JA, Pedraza LS, Aburto TC, Batis C, Sánchez-Pimienta TG, González de Cosío T, López-Olmedo, Pedroza-Tobías A. Overview of the Dietary Intakes of the Mexican Population: Results from the National Health and Nutrition Survey 2012. The Journal of Nutrition 2016; doi:10.3945.
- Gaona-Pineda EB, Martínez-Tapia B, Arango-Angarita A, Valenzuela-Bravo D, Gómez-Acosta LM, Shamah-Levy T, Rodríguez-Ramírez S. Consumo de grupos de alimentos y factores sociodemográficos en población mexicana. Salud Pública de México 2018; 60(3): 272-282
Mito 3
No existen datos contundentes y certeros sobre el riesgo que provoca el consumo de productos ultraprocesados, por lo cual la medida provoca más efectos restrictivos al comercio que los necesarios para alcanzar el objetivo perseguido.
Realidad
- Existe evidencia de las consecuencias a la salud derivado del consumo de productos ultraprocesados, este concepto es cada vez más reconocido y retomado en las discusiones sobre dietas poco saludables.
- Una revisión reciente de 43 artículos científicos mostró que el consumo de estos productos se asocia con al menos un resultado adverso a la salud, entre los que se encuentran el sobrepeso, obesidad y riesgos cardio-metabólicos tales como cáncer, diabetes y enfermedades cardiovasculares, además se asocia a la mortalidad por todas estas causas. Por el contrario, ningún estudio mostró una asociación entre el consumo de productos ultraprocesados y beneficios a la salud.[1]
- Por otro lado, en 2019 se realizó un estudio experimental para conocer los efectos en la salud del consumo de productos ultraprocesados, en el cual, por dos semanas, un grupo de personas sólo consumió alimentos frescos y naturales (grupo 1); mientras que otro grupo ingirió únicamente productos ultraprocesados (grupo 2). Los participantes del grupo 1 perdieron 0,9 kilos en 2 semanas, mientras que el grupo 2 ganaron 0,9 kilos. Además, mostraron un mayor riesgo ante enfermedades metabólicas. [2]
Referencias
[1] Elizabeth, L.; Machado, P.; Zinöcker, M.; Baker, P.; Lawrence, M. Ultra-Processed Foods and Health Outcomes: A Narrative Review. Nutrients 2020, 12, 1955.
[2] Ultra-Processed Diets Cause Excess Calorie Intake and Weight Gain: An Inpatient Randomized Controlled Trial of Ad Libitum Food Intake
Mito 4
Los platillos y antojitos típicos son parte del problema de la obesidad en México, los cuales no tienen ningún tipo de regulación. Por ejemplo, un pozole no lleva sellos, pero una sopa enlatada tiene sellos a pesar de que puede tener menos grasas saturadas y sodio que el pozole.
Realidad
- Siendo los mayores consumidores de productos procesados en toda América Latina, el principal problema recae en el alto consumo de este tipo de productos y no así en los antojitos mexicanos, que además de ser ricos, forman parte de nuestra cultura y son nutritivos porque nos brindan fibra vitaminas, minerales, antioxidantes, etc que fortalecen nuestra salud; mientras que los productos ultraprocesados se formulan a partir de ingredientes industriales, contienen poco o ningún alimento natural y se caracterizan por tener cantidades excesivas de azúcares añadidos, grasas saturadas y sodio, por lo cual se asocian con el incremento del riesgo de tener obesidad, diabetes, enfermedades del corazón y otras enfermedades crónicas.
Referencias
- B. Ultra-processed foods’ impacts on health. 2030 – Food, Agriculture and rural development in Latin America and the Caribbean. 2020. No. 34. Santiago de Chile. FAO.
- Organización Panamericana de la Salud. Alimentos y bebidas ultraprocesados en América Latina: tendencias, efecto sobre la obesidad e implicaciones para las políticas públicas. 2015.
- Monteiro CA, Cannon G, Moubarac J, Levy RB, Louzada MLC, Jaime PC. The UN Decade of Nutrition, the NOVA food classification and the trouble with ultra-processing. Public health nutrition, 2017; 21(1): 5-17.
Mito 5
No existe ninguno dato que avale cuál ha sido el resultado especifico y directo del sistema de etiquetado frontal conocido como GDA, vigente de 2015 a la fecha.
Realidad
- El etiquetado GDA, establecido como obligatorio en el 2014, no fue diseñado por un grupo de expertos en salud pública y no partió de la evidencia científica.
- Un estudio realizado por el Instituto Nacional de Salud Púbica, que evaluó la comprensión del etiquetado GDA en estudiantes de nutrición indicó que solo 1.8% de los estudiantes evaluados tuvo una interpretación correcta.
- La ENSANUT MC 2016, reportó que solo 13.8% de los mexicanos comprendía el etiquetado GDA. Esto representa una baja comprensión entre la población mexicana y por lo tanto un uso insuficiente de esta herramienta para tomar decisiones alimentarias informadas.
Referencias
- Stern D, Tolentino L, Barquera S. Revisión del etiquetado frontal: análisis de las Guías Diarias de Alimentación (GDA) y su comprensión por estudiantes de nutrición en México. Instituto Nacional de salud Pública. 2011
- Shamah-Levy T, Cuevas-Nasu L, Rivera-Dommarco J, Hernández-Ávila Mauricio. ENSANUT MC, (2016) Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2016, Ciudad de México: Instituto Nacional de Salud Pública, INEGI
Mito 6
El nuevo etiquetado carece de evidencia al haber seleccionado un sistema de etiquetado de advertencia sin haber estudiado los distintos sistemas de etiquetado frontal existentes en todo el mundo.
Realidad
- De acuerdo a diversos estudios realizados en población mexicana sobre la comprensión de los diferentes sistemas de etiquetado, se concluye que el etiquetado de advertencia ayuda a elegir productos saludables de una manera más rápida y es el más aceptado y comprendido entre personas de diferentes niveles socioeconómicos y grupos de edades, incluidas niñas y niños.
- El etiquetado de advertencia es comprendido por 84% de la población, mientras que sólo 55% y 59% de la población comprende el etiquetado de semáforo y el etiquetado GDA respectivamente.
- Con el etiquetado de advertencia se tienen 4.52 veces más probabilidades de identificar correctamente un producto no saludable y se requieren únicamente 11.94 segundos para identificarlo.
Referencias
- Jáuregui A, Vargas-Meza J, Nieto C, Contreras-Manzano A, Alejandro N, Tolentino-Mayo L, Hall MG, Barquera S. Impact of front-of-pack nutrition labels on consumer purchasing intentions: a randomized experiment in low- and middle-income Mexican adults. BMC Public Health. 2020; 20:463.
- De la Cruz-Góngora V, Torres P , Contreras-Manzano A, Jáuregui de la Mota A, Mundo-Rosas V, Villalpando S, Rodríguez-Oliveros G. Understanding and acceptability by Hispanic consumers of four front-of-pack food labels. International Journal of Behavioral Nutrition and Physical Activity. 2017; 14:28.
- Nieto C , Jáuregui A , Contreras-Manzano A, Arillo-Santillan E, Barquera S, White CM , Hammond D, Thrasher JF. Understanding and use of food labeling systems among Whites and Latinos in the United States and among Mexicans: Results from the International Food Policy Study, 2017. nternational Journal of Behavioral Nutrition and Physical Activity. 2019; 16:87.
- Vargas-Meza J, Jáuregui A, Contreras-Manzano A, Nieto C, Barquera S. Acceptability and understanding of frontof-pack nutritional labels: an experimental study in Mexican consumers. BMC Public Health. 2019; 19:1751.
- Vargas-Meza J, Jáuregui A, Pacheco-Miranda S, Contreras-Manzano A, Barquera S. Front-of-pack nutritional labels: Understanding by low- and middle-income Mexican consumers. PLOS One. 2019; 14(11): e0225268.
Mito 7
Los datos que se presentan para aprobar el etiquetado de advertencia, demuestran que se inhibe el consumo de alimentos con sellos, sin analizar el impacto de toda la dieta de las personas.
Se citan estudios que analizan las tendencias de consumo a partir de la aprobación de la Ley 20.606 de Chile en 2015, sin embargo, la tendencia analizada no corresponde a la realidad mexicana.
Realidad
- Un estudio realizado por investigadores del Instituto Nacional de Salud Pública, demostró que, en México, el etiquetado de advertencia podría prevenir 1.3 millones de nuevos casos de obesidad y ahorrar $1.8 mil millones de dólares en costos de atención médica en un periodo de 5 años.
- En México, el etiquetado de advertencia puede reducir el consumo de calorías por persona en un promedio de 37 calorías diarias al seleccionar productos con menos sellos. [1]
Referencias
- Basto-Abreu A. et al. (2020) Predicting obesity reduction after implementing warning labels in Mexico: A modeling study. PLoS Med 17(7):e1003221. doi: 10.1371/journal.pmed.1003221
Mito 8
El etiquetado de advertencia es discriminatorio y solo es entendible para las personas que saben leer y entienden el significado de “EXCESO DE”.
Realidad
- Se ha demostrado que el uso de símbolos en los mensajes de advertencia aumenta su notoriedad y probabilidad de ser visto. Además, aumentan la comprensión del mensaje, especialmente en públicos menos “letrados”.
- Es por eso que, los sellos en forma de octágono fueron diseñados retomando la señal de tráfico de detención obligatoria, para que incluso las personas que no saben leer estén familiarizadas con el símbolo y lo relacionen como una alerta.
- Las advertencias con un recuadro alrededor del exterior del mensaje son más llamativas y más posibles de recordar; por eso los sellos están enmarcados con bordes gruesos.
Referencias
-
Instituto de Nutrición y Tecnología de los Alimentos. 2012. Informe Final: Estudio sobre evaluación de mensajes de advertencia de nutrientes críticos en el rotulado de alimentos. Disponible en http://ciperchile.cl/pdfs/2014/11/alimentos/INFORME-FINAL-MENSAJES-INTA.pdf
Mito 9
El etiquetado propuesto parte de una publicación de la Organización Panamericana de Salud, el cual contiene diferencias con el perfil nutrimental y contenido. Lo que provoca la falta de motivación.
Realidad
- El modelo que se usó para establecer los límites nutrimentales en el nuevo etiquetado se basa en el Modelo de Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Este perfil retoma las metas de ingesta de nutrimentos de la población propuesto por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para prevenir enfermedades crónicas y evitar riesgos a la salud.[1],[2],[3]
- El perfil de la OPS es la mejor propuesta que existe para la orientación de las políticas públicas en salud y nutrición, ya que es resultado de evidencia científica sólida y es resultado de la revisión de expertos de distintos países de la región con una amplia experiencia en el campo de la salud pública y la nutrición.[4]
- Se ha observado que el perfil propuesto permite clasificar los productos no saludables y aplicado a este nuevo etiquetado ayuda al consumidor a tener una selección de productos más saludables.
Referencias
[1] Informe de una Consulta Mixta de Expertos OMS/FAO. DIETA, NUTRICIÓN Y PREVENCIÓN DE ENFERNEDADES CRÓNICAS. OMS, Serie de Informes Técnicos. 2003.
[2] OMS. (2015). Ingesta de azúcares para adultos y niños. 2018, de Organización Mundial de la Salud Sitio web disponible en: http://www.who.int/nutrition/publications/guidelines/sugars_intake/es/, https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/154587/WHO_NMH_NHD_15.2_spa.pdf;jsessionid=6C5CE486CBA5004A07CB720AD68B22A3?sequence=2
[3] OMS (2013). Ingesta de sodio en adultos y niños. 2018, de OMS Sitio web: http://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/85224/WHO_NMH_NHD_13.2_spa.pdf;jsessionid=72455F959F7FF488958D1166F1B1BB82?sequence=1
[4] Organización Panamericana de la Salud. Modelo de Perfil de Nutrientes. Washington, DC.; 2015.
Mito 10
No existe evidencia científica determinante que demuestre que el consumo de edulcorantes en alimentos y bebidas sea nocivo para la salud de los niños y sean causa directa de enfermedades no transmisibles, por lo cual se deba advertir sobre su contenido en los productos.
Realidad
- Diversos organismos y asociaciones, nacionales e internacionales, recomiendan que los niños no consuman edulcorantes no calóricos.
- Los niños son particularmente vulnerables al consumo de edulcorantes no calóricos por su menor peso y tamaño corporal, así como por la alta exposición que tiene al consumo de bebidas con edulcorantes no calóricos (60% de las bebidas dirigidas a niños contienen edulcorantes). En consecuencia, son los más expuestos a posibles consecuencias negativas del consumo de edulcorantes.
- La exposición temprana y repetida al sabor dulce que proporcionan los edulcorantes no calóricos puede impactar sobre el desarrollar de preferencias por los alimentos dulces a edades tempranas y condicionar los hábitos de alimentación a lo largo de la vida.
- Diversos estudios han relacionado el consumo de edulcorantes no calóricos con enfermedades del corazón.
- Existe una relación entre el consumo de bebidas que contienen edulcorantes no calóricos y la ganancia de peso corporal. Así mismo, se ha encontrado una relación entre el consumo de sucralosa (edulcorante) y posibles efectos en la respuesta de la glucosa en sangre y la disminución en la sensibilidad a la insulina.
- Existe poca evidencia sobre los posibles beneficios potenciales en la salud, por lo que se desaconseja el consumo de bebidas no calóricas en niños.
Referencias
- Sylvetsky A, Rother KI, Brown R. Artificial Sweetener Use Among Children: Epidemiology, Recommendations, Metabolic Outcomes, and Future Directions. Pediatr Clin North Am. 2011;58(6):1467-1480. doi:10.1016/j.pcl.2011.09.007
- TECHNICAL SCIENTIFIC REPORT Healthy Beverage Consumption in Early Childhood Recommendations from Key National Health and Nutrition Organizations. 2019
- Calvillo A, Espinosa F, Magaña P. Cómo Cautiva y Seduce a los Niños la Industria de Bebidas Azucaradas. Estrategias de publicidad y promoción. Alianza por la Salud Alimentaria.
- Mennella JA. Ontogeny of taste preferences: basic biology and implications for health. Am J Clin Nutr. 2014;99 (3):704S–11S.
- Susan E. Swithers *. Artificial sweeteners are not the answer to childhood obesity. Appetite. 2015;93:85–90)
- Mossavar-Rahman et al. Artificially Sweetened Beverages and Stroke, Coronary Heart Disease, and All-Cause Mortality in the Women’s Health Initiative, Stroke, 2019; 50:555-562. American Heart Association.
- Malik et al. Long-Term Consumption of Sugar-Sweetened and Artificially Sweetened Beverages and Risk of Mortality in US Adults, Circulation, 2019. vol. 139. No 18
- Mullee et al. Association Between Soft Drink Consumption and Mortality in 10 European Countries, JAMA, published online 3 sept 2019
- Forshee RA1, Storey ML.. Total beverage consumption and beverage choices among children and adolescents. Int J Food Sci Nutr.2003 Jul;54(4):297-307.
- Blum JW1, Jacobsen DJ, Donnelly JE. Beverage consumption patterns in elementary school aged children across a two-year period. J Am Coll Nutr.2005 Apr;24(2):93-8.
- Qing Yang. Gain weight by “going diet?” Artificial sweeteners and the neurobiology of sugar cravings. Yale J Biol Med. 2010 Jun; 83(2): 101–108.
- Pepino MY, Tiemann CD, Patterson BW, Wice BM, Klein S. Sucralose Affects Glycemic and Hormonal Responses to an Oral Glucose Load. Diabetes Care. 2013;36(9):2530-2535. doi:10.2337/dc12-2221
- Johnson R, et al. Low-Calorie Sweetened Beverages and Cardiometabolic Health A Science Advisory From the American Heart Association. Circulation. 2018;138:e126–e140 015.
Mito 11
El nuevo etiquetado no permitirá contar con el respaldo de organizaciones o asociaciones profesionales en los productos, esto viola el derecho a la información al no permitir a los productores de bebidas y alimentos preenvasados a que grupos y organizaciones respalden sus productos y a que los consumidores tengan una mayor información de los productos.
Realidad
- Existen productos en el mercado que anuncian propiedades y cualidades positivas, o cuentan con el aval de asociaciones médicas o grupos de científicos que los respaldan, en los cuales se ha encontrado un exceso de azúcares, grasas saturadas, sodio o calorías.[1]
- El uso de estas estrategias y el respaldo de los productos mediante logotipos de asociaciones médicas, mejoran la percepción positiva y aumentan la posibilidad de compra de los mismos[2],[3] creando confusión en el consumidor.
- Fuerte evidencia ha demostrado que hay asociaciones y centros de investigación que reciben financiamiento de la industria, y que tienen una relación estrecha con las mismas. Es notorio que una de las estrategias de la industria de los alimentos y bebidas para manipular la opinión popular y la política respecto a la nutrición es desarrollar estos vínculos con investigadores y centros de investigación para promover su agenda y mejorar la opinión pública sobre sus productos.
- Por lo tanto, cualquier aval de una organización fácilmente puede ser influido por estas relaciones[4] y lejos de beneficiar al consumidor, generar una mayor confianza entre los productos no saludables.
Referencias
[1] Nieto C, Rincon-Gallardo Patiño S, Tolentino-Mayo L, Carriedo A, Barquera S. Characterization of Breakfast Cereals Available in the Mexican Market: Sodium and Sugar Content. Nutrients. 2017;9(8):884. Published 2017 Aug 16. doi:10.3390/nu9080884
[2] Williams P. Consumer understanding and use of health claims for foods. Nutr Rev. 2005;63(7):256-264. doi:10.1111/j.1753-4887.2005.tb00382.x
[3] Kaur A, Scarborough P, Rayner M. A systematic review, and meta-analyses, of the impact of health-related claims on dietary choices. Int J Behav Nutr Phys Act. 2017;14(1):93. Published 2017 Jul 11. doi:10.1186/s12966-017-0548-1
[4] Barlow P, Serôdio P, Ruskin G, et al Science organisations and Coca-Cola’s ‘war’ with the public health community: insights from an internal industry document J Epidemiol Community Health 2018;72:761-763.
Mito 12
El nuevo etiquetado restringe la libertad y viola los derechos de las marcas al prohibir el uso de elementos publicitarios en el etiquetado de productos preenvasados que tienen uno o más sellos de advertencia o la leyenda de edulcorantes como estrategia para su promoción y colocación en el mercado.
Realidad
- Los niños y niñas desarrollan una mayor preferencia por alimentos y bebidas que utilizan herramientas de promoción y publicidad, productos que se caracterizan por tener cantidades excesivas de azúcares, grasas saturadas, sodio y calorías.
- Tanto la OPS, como Unicef, respaldan la restricción de la publicidad en alimentos y bebidas dirigida a niños, como medida para la prevención del sobrepeso y la obesidad.
- Es una forma de protección a poblaciones vulnerables quienes se pueden sentir atraídos a estos elementos en las etiquetas.
- Existe todo un marco legal que respalda la protección de la infancia y pone por delante el interés superior de la niñez frente a cualquier interés comercial que pueda vulnerar la plena garantía de sus derechos.
- El mismo argumento sobre los derechos de las marcas lo utilizaron contra el etiquetado de Chile, al igual que la industria tabacalera ha usados argumentos análogos sin éxito. La ley de marcas protege al propietario de que otros pueden utilizar su marca, sin embargo no le otorgo el derecho de usarla en cualquier contexto.
Referencias
- Sadeghirad B, Duhaney T, Motaghipisheh S, Campbell NRC, Johnston BC. Influence of unhealthy food and beverage marketing on children’s dietary intake and preference: a systematic review and meta-analysis of randomized trials. Obes Rev. 2016;17(10):945-959. doi:10.1111/obr.12445
- Letona P, Chacon V, Roberto C, Barnoya J. Effects of licensed characters on children’s taste and snack preferences in Guatemala, a low/middle income country. Int J Obes. 2014;38(11):1466-1469. doi:10.1038/ijo.2014.38
- Boyland E, Whalen R. Food advertising to children and its effects on diet: a review of recent prevalence and impact data. Pediatric Diabetes 2015;16:1-7.
- Organización Panamericana de la Salud. Recomendaciones de la consulta de expertos de la Organización Panamericana de la Salud sobre la promoción y publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas dirigida a los niños en la Región de las Américas. 2011. Disponible en: http://www. paho.org/hq/index.php?option=com_docman&task=doc_ view&gid=18285.
- Estudio exploratorio sobre la promoción y publicidad de alimentos y bebidas no saludables dirigida a niños en América Latina y el Caribe. Panamá. 2015. Disponible en: http://www.unicef.org/lac/Estudio_exploratorio_ promocion_alimentos_no_saludables_a_ninos_en_LAC_-_ Informe_Completo_(4).pdf.
- Crosbie, Carriedo y Hollow Threats: Transnational Food and Beverage Companies’ Use of International Agreements to Fight Front-of-Pack Nutrition Labeling in Mexico and Beyond, Intl Journal Health Policy Management, 2020, DOI: 10.34172/ijhpm.2020.146.
Mito 13
Se implementa de manera injustificada la leyenda precautoria “Contiene cafeína evitar en niños”, solo a los productos preenvasados con cafeína adicionada y no así a los productos con cafeína natural.
Realidad
- Los productos con cafeína adicionada, como las bebidas energizantes, refrescos, están cada vez más presentes en el mercado y son altamente consumidas por niños y niñas.
- 57% del consumo de azúcar añadido en niños de 5-11 años, proviene de bebidas azucaradas y 40% de refrescos, lo cual indica el alto consumo de estas bebidas, muchos que contiene cafeína, en este grupo de edad.
- El consumo de estos productos por su contenido de cafeína puede provocar daños fisiológicos, psicológicos y conductuales sobre todo en niños con padecimientos psiquiátricos o problemas del corazón, por lo que muchas organizaciones no recomiendan su consumo entre niños y niñas.
- El uso de la leyenda en estos productos donde la cafeína está adicionada (no natural) se justifica, ya que el consumidor frecuentemente desconoce que estos productos contienen cafeína, no es de fácil conocimiento para el consumidor si no está etiquetado claramente.
- El enfoque en cafeína adicionada está consistente con otros elementos del etiquetado ya que solo la cafeína que sea adicionado debe ser enlistado en la lista de ingredientes. También, vale mencionar que este enfoque ya se usa en otros países, en Canadá y en los EEUU solo los productos con cafeína adicionada deben declarar la cafeína en el etiquetado, la cafeína natural no.
Referencias
- Lott M et al. Technical Scientific Report. Healthy Beverage Consumption in Early Childhood: Recommendations from Key National Health and Nutrition Organizations, Healthy Eating Research. Septiembre 2019.
- Government of Canada. Preliminary Guidance for Industry on the Labelling of Caffeine Content in Prepackaged Foods (March 2010).
- Mattia, A. Regulatory Status of Caffeine. The Use and Biology of Energy Drinks: Current Knowledge and Critical Gaps. National Institutes of Health, 2013. https://ods.od.nih.gov/pubs/energydrinks2013/mattia.pdf
- Pimienta et al. Sugar-sweetened beverages are the main sources of added sugar intake in the Mexican population. J. Nutr, 146(9):1888S-96S, 2016.
- Temple J. Review: Trends, Safety, and Recommendations for Caffeine Use in Children and Adolescents. Journal of the American Academy of Child & AdolescentPsychiatry, 2019; 58(1): 36-45.
Mito 14
El nuevo etiquetado solamente establece el exceso de nutrimentos, sin señalar el contenido específico de cada uno de ellos, lo que limita la provisión al consumidor de información veraz, suficiente y clara sobre la diferenciación de los productos. Los sellos de advertencia no permiten la diferenciación entre productos similares con el mismo número de sellos.
Realidad
- El etiquetado de advertencia es un tipo de etiquetado que interpreta la información para el consumidor. Este tipo de etiquetados son llamados etiquetados interpretativos y son recomendados por la Organización Mundial de la Salud.
- Hay un consenso en la literatura, incluyendo estudios con la población mexicana, que demuestra que los etiquetados interpretativos son más eficaces, ya que contribuyen a un mejor entendimiento de los riesgos a la salud que puede ocasionar el consumo de los productos y permiten la elección de productos más saludables en comparación con etiquetados que sólo ofrecen información sobre el contenido específico de cada nutrimento, pero sin dar alguna interpretación o evaluación del producto.
- Los etiquetados interpretativos son más claros para el consumidor en comparación con los etiquetados no-interpretativos como el GDA que muestran el contenido específico de los nutrimentos porque este tipo de etiquetados requieren mucho tiempo para poder entenderlos y generan confusión.
- El etiquetado de advertencia tiene la finalidad de informar al consumidor sobre la calidad del producto al advertir de forma clara y veraz sobre el contenido de nutrimentos críticos e ingredientes que representan riesgos para su salud en un consumo excesivo.
- El objetivo de este etiquetado NO es distinguir entre productos con el mismo número de sellos, pero contribuirá a la elección de productos con menos sellos o preferiblemente sin sellos.
- Además, la información completa sobre el contenido de cada nutrimento del producto está presente en la tabla nutrimental para que las y los consumidores puedan consultarla en caso de así desearlo.
Referencias
- Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). Análisis de regulaciones y prácticas para el etiquetado de alimentos y bebidas para niños y adolescentes en algunos países de América Latina (Argentina, Chile, Costa Rica y México) y recomendaciones para facilitar la información al consumidor, 2016.
- Organización Mundial de la Salud. Guiding Principles and framework manual for front-of-pack labelling for promoting healthy diets, 2019.
- Organización Mundial de la Salud. Report of the Commission on Ending Childhood Obesity, 2017.
- Talati et al. The impact of interpretive and reductive front-of-pack labels on food choice and willingness to pay, International Journal of Behavioural Nutrition and Physical Activity, 14(171), 2017.
Mito 15
Los productos saludables tendrán los mismos sellos que los ultraprocesados. Por ejemplo, una barrita de granola podría tener tres sellos igual que una caja de cereal azucarado.
Realidad
- Los productos saludables no tendrán sellos, si un producto lleva un sello es porque no es saludable. Por ejemplo, si una galleta integral lleva sellos es porque contiene una alta cantidad de azúcares, grasas o sodio añadidos, por lo cual se considera un producto ultraprocesado.
- El etiquetado de advertencia permite identificar los alimentos que suelen ser considerados saludables (como barras o galletas integrales), pero que realmente no los son y que por mucho tiempo han engañado al consumidor.
- Muchas veces los productos no saludables utilizan términos como “natural” o “integral” o declaran que contienen ingredientes naturales para dar la impresión de que son productos saludables y para distraer del hecho de que el producto contiene altos cantidades de azúcar, grasas o sodio añadidos, pero ahora el etiquetado de advertencia ayudará a identificar rápidamente estos productos.
Referencias
- Garcia et al. Confused health and nutrition claims in food marketing to children could adversely affect food choice and increase risk of obesity, Archives of Disease in Childhood, 104(6), 2019.
- Kaur A, Scarborough P, Rayner M. 2017. A systematic review, and meta-analyses, of the impact of health related claims on dietary choices, International Journal of Behavioural Nutrition and Physical Activity. 14:93.
Mito 16
No se tomó en cuenta el Codex Alimentarius, el cual contiene la evidencia científica que requiere una norma en materia de etiquetado frontal.
Realidad
- El Codex Alimentarius NO tiene directrices sobre el etiquetado frontal.
- Las directrices de etiquetado nutricional existentes en el Codex no proporcionan explícitamente orientación sobre el etiquetado frontal.
- Actualmente, el Codex está desarrollando directrices sobre el tema, pero todavía falta varias etapas para concluir este trabajo, por lo cual ningún etiquetado puede contradecir lo que dice el Codex porque el Codex no tiene estándares en el tema todavía.
- Además, es importante reconocer que el Codex no provee orientación sobre los detalles de las políticas nacionales, únicamente establece normas voluntarias mínimas sobre las medidas nacionales que garantizan la inocuidad de los alimentos. Los países siempre pueden implementar reglas más estrictas para proteger la salud de su población.
- Por lo tanto, incluso cuando el Codex haya terminado sus directrices sobre etiquetado frontal no va a estipular de manera específica cómo debe ser una política; únicamente va a ofrecer lineamientos generales que los países pueden tomar en cuenta para el desarrollo de su propia política.
- Chile, Perú, Ecuador y Uruguay han avanzado con sus leyes del etiquetado frontal de advertencia, aunque el mismo argumento relacionado al Codex fue utilizado en estos casos.
- Incluso, Tom Heilandt, Secretario del CODEX, ha argumentado que “la ausencia de orientación por parte del Codex sobre un tema NO significa automáticamente que una medida no esté en consonancia con el mismo”.
Referencias
- Crosbie, Carriedo y Hollow Threats: Transnational Food and Beverage Companies’ Use of International Agreements to Fight Front-of-Pack Nutrition Labeling in Mexico and Beyond, Intl Journal Health Policy Management, 2020, DOI: 10.34172/ijhpm.2020.146.
- Thow et al. Global Governance of Front-of-Pack Nutrition Labelling: A Qualitative Analysis, Nutrients, 11(2), 2019.
Mito 17
Los Miembros de la Organización Mundial del Comercio no deben adoptar reglamentos técnicos que puedan tener por objeto crear obstáculos innecesarios al comercio internacional, de conformidad con el Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC) de la Organización Mundial de Comercio (OMC).
Realidad
- El Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio reconoce que cada Miembro de la OMC tiene el derecho básico de implementar medidas para lograr objetivos de políticas legítimos, como la protección de la salud y la seguridad humana.
- Argumentos similares sobre “obstáculos innecesarios” fueron presentaron en el OMC en relación a los etiquetados frontales de Chile, Perú, Ecuador y Uruguay, pero no fueron exitosos y estos países avanzaron con sus etiquetados.
- En discusiones pasadas en el Comité del OTC de la OMC, los países han argumentado a favor del etiquetado frontal por “brindar información a los consumidores para elecciones apropiadas para su dieta y reducir el riesgo de ENT [enfermedades no-transmisibles] relacionadas a la dieta”.
- Además, alternativas que podría ser considerados menos restrictivas al comercio han sido considerados en México, pero no funcionaron. Por ejemplo, un etiquetado frontal, de tipo de GDA, fue implementado en 2014, pero no fue entendible, ni claro y no logró el objetivo de informar el consumidor (Ver Mito 5).
Referencias
- Crosbie, Carriedo y Hollow Threats: Transnational Food and Beverage Companies’ Use of International Agreements to Fight Front-of-Pack Nutrition Labeling in Mexico and Beyond, Intl Journal Health Policy Management, 2020, DOI: 10.34172/ijhpm.2020.146.
- Shamah-Levy T, Cuevas-Nasu L, Rivera-Dommarco J, Hernández-Ávila Mauricio. ENSANUT MC, (2016) Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2016, Ciudad de México: Instituto Nacional de Salud Pública, INEGI
- Stern D, Tolentino L, Barquera S. Revisión del etiquetado frontal: análisis de las Guías Diarias de Alimentación (GDA) y su comprensión por estudiantes de nutrición en México. Instituto Nacional de salud Pública. 2011